Nulidad del aval personal de socios y administradores en préstamos ICO. Mala fe de la banca
Cuando nos contaron que las Pymes no se quedarían atrás
Al “comienzo de curso”, tuvimos la oportunidad de explicar a muchas pymes, grandes empresas y empresarios la importancia de ajustar sus negocios ante la crisis que se ya se palpaba en el ambiente y se agravaría en el transcurso de los siguientes meses. Especial relevancia tuvo una tertulia en el canal de YouTube “Transporte y Movilidad” conducido por Rafael Soto. En ese foro, hablamos con muchos profesionales del sector del transporte acerca de las posibilidades de ajustes tanto operativos como financieros así como de las distintas herramientas que ofrecía, entre otras, la última reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal que entro en vigor en septiembre de 2022.
En días posteriores, recibimos muchas llamadas de empresarios con negocios que, aunque operativamente funcionaban (tenían trabajo y medios) se encontraban asfixiados ante la difícil (muchas veces, imposible) devolución de los préstamos ICO que el Gobierno de España puso en marcha con el objetivo de facilitar, motivar y facilitar el acceso al crédito de las empresas que tenían que hacer frente a pagos durante el tiempo que estuvieron parados como consecuencia de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.
Al ponernos a trabajar en soluciones, nos hemos encontrados con la sorpresa –y tremendo obstáculo– de que la inmensa mayoría de socios y administradores de empresas que solicitaron las líneas de avales del Estado a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) habían avalado personalmente el cien por cien (100%) del importe basándose en condiciones contractuales poco transparentes. Esto ha supuesto el sobre endeudamiento de mucha gente que, para salvar su empresa, ha puesto en peligro su patrimonio personal sin saber que respondían, con sus bienes (no los de la empresa) del 100% del importe que les concedieron.
El Estado avalaba hasta el 80% del principal
Tanto el Gobierno como los medios de comunicación y, por supuesto, las entidades bancarias, explicaron que la liquidez proporcionada por las líneas ICO a través de los distintos bancos, estaba garantizados por el Estado. En concreto, el Estado garantizaría el 80% del principal en el caso de nuevas operaciones de financiación y renovación en caso de autónomos y pymes; un 70% para las que no fueran pymes; y un 60% para las renovaciones.
Lo anterior facilitó que los bancos concediesen liquidez a empresas con la tranquilidad de que, a través del ICO, estaban cubiertos en altos porcentajes.
Mala fe de la banca y nulidad de los avales personales
Aunque los bancos contaban con el aval del Estado, como hemos explicado, se solicitó a los autónomos, socios y administradores de empresas que soportasen, personalmente, la deuda en caso de impago. Así pues, en este caso (el impago) los bancos pueden exigir tanto a la empresa como a los fiadores (administradores y socios que avalaron) el pago de toda la deuda. La garantía con la que el Gobierno llegó a animar a empresarios a pedir financiación solo avala al banco y deja completamente desprotegido a un empresario que, fácilmente, pudo no entender lo que firmaba. El error de quien avaló la deuda de la pyme vició su consentimiento que, por tanto, convertiría el aval personal en nulo.
Aumento del número de impago de préstamos ICO
La asfixia financiera de muchas empresas que, reiteramos, son operativamente viables (funcionan y tienen medios) dificulta su continuidad financiera. Esto explica el importante número de impagos de préstamos ICO. Se calcula que un 45% no se devolverán. En ese caso, ¿es justo que quienes acudieron a solicitarlos motivados por el Gobierno y mal informados por los bancos se arruinen personalmente?
Es necesario analizar los contratos y, bien asesorados por abogados y economistas especializados en reestructuraciones empresariales, se negocie con los bancos o se interpongan las acciones legales pertinentes en defensa de tantos empresarios que no pueden ver comprometido su futuro por errores ni, mucho menos, la mala fe de algunas entidades financieras.
Los problemas tienen solución. Hemos de encontrar la fórmula y vamos a ponerla en marcha: Nulidad del aval personal.
En CARLES CUESTA Abogados y Economistas llevamos más de una década trabajando por el salvamento de empresas en dificultades haciendo uso de cada herramienta legal cuyo éxito compartimos ya en foros empresariales, colegios de abogados y universidades.
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